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Suspender el impuesto a los combustibles pondría en juego Q4 mil millones anuales

por Jenniffer Marroquín
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La discusión para reducir temporalmente los impuestos a los combustibles en Guatemala pone sobre la mesa una recaudación que ronda los Q4 mil millones anuales. El Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) ha generado Q44 mil millones en once años.

El tema volvió al Congreso con la iniciativa 6809, que recibió dictamen favorable de la Comisión de Comunicaciones el 16 de septiembre. La propuesta plantea suspender durante seis meses el 100% del IDP y exonerar el 65% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la venta de gasolina regular, superior y diésel.

La iniciativa también contempla precios de referencia para la venta de combustibles. Su dictamen favorable representa un avance en el proceso legislativo, pero no significa que la reducción tributaria ya esté vigente.

El IDP aporta alrededor de Q4 mil millones al año

El IDP se cobra por galón distribuido de combustibles derivados del petróleo. La recaudación forma parte de los ingresos tributarios del Estado y se utiliza para financiar obligaciones presupuestarias.

De acuerdo con la información al 18 de septiembre, la recaudación acumulada del impuesto llegó a Q44 mil millones en once años, con un promedio aproximado de Q4 mil millones anuales.

Ese monto permite dimensionar el componente fiscal de la discusión. Una suspensión por seis meses implicaría dejar de percibir una parte de los ingresos que normalmente genera el tributo durante ese período.

Sin embargo, el promedio anual no equivale a una estimación oficial del costo de la iniciativa. Para establecer cuánto dejaría de recibir el Estado sería necesario utilizar la recaudación efectiva de 2026, desglosada por combustible, y calcular el efecto específico de la suspensión durante el plazo propuesto.

La iniciativa también incluye una reducción del IVA

La propuesta 6809 no se limita al IDP. Incluye una exoneración del 65% del IVA en la venta de gasolina regular, superior y diésel, además de mecanismos de precios de referencia.

Por ello, el efecto fiscal potencial debe calcularse considerando ambos impuestos. Sumar únicamente la recaudación del IDP no permitiría estimar el costo total de la iniciativa, porque también se reducirían ingresos provenientes del IVA.

El dictamen favorable de la Comisión de Comunicaciones fue reportado por Prensa Libre el 16 de septiembre. Para conocer el alcance preciso de la propuesta, es necesario consultar el texto de la iniciativa y su dictamen, incluidos el plazo, los combustibles cubiertos y las condiciones para aplicar la medida. (Prensa Libre )

El alivio al consumidor todavía debe comprobarse

La reducción de impuestos podría disminuir el componente tributario del precio por galón, pero el efecto final dependerá de la aplicación de la medida y de cómo se traslade a los precios de venta.

El precio que paga el consumidor también está condicionado por factores como el costo internacional de los derivados del petróleo, el tipo de cambio, los costos de importación y distribución y los márgenes comerciales.

Por esa razón, la reducción tributaria propuesta no debe presentarse como una rebaja de precio ya garantizada. Para medir su efecto sería necesario comparar el precio antes y después de una eventual entrada en vigor y revisar cómo se comportan los distintos componentes del precio.

Qué falta para conocer el costo para las finanzas públicas

La discusión requiere una estimación fiscal que permita distinguir la pérdida de ingresos por el IDP de la reducción que correspondería al IVA.

El Ministerio de Finanzas Públicas y la Superintendencia de Administración Tributaria son las instituciones que pueden aportar la recaudación efectiva y los cálculos oficiales para 2026. También es necesario conocer si el Ejecutivo ha elaborado una estimación del costo de la iniciativa y qué mecanismo propone para cubrir los ingresos que dejarían de percibirse.

Al 18 de septiembre, la información publicada permite establecer que el IDP aporta alrededor de Q4 mil millones anuales y que la iniciativa 6809 recibió dictamen favorable en comisión. No permite afirmar, sin una estimación fiscal específica, cuánto costaría al Estado suspender ambos impuestos durante seis meses ni cuánto bajaría el precio final de cada galón.

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